221P: Plan de Respuesta a Crisis, Manejo de Emergencias y Emergencias Médicas en la Escuela
Cada escuela deberá desarrollar un plan escrito de respuesta a crisis, manejo de emergencias y emergencias médicas en la escuela, como se define a continuación. La Junta Escolar incluye al oficial principal de las fuerzas del orden, el jefe de bomberos, el jefe de la agencia de servicios médicos de emergencia, el director ejecutivo del consejo de servicios médicos de emergencia regional y el oficial de manejo de emergencias de la localidad, o sus designados, en el desarrollo de tales planes. La Junta, el oficial principal de las fuerzas del orden, el jefe de bomberos, el jefe de la agencia de servicios médicos de emergencia, el director ejecutivo del consejo de servicios médicos de emergencia regional y el oficial de manejo de emergencias de la localidad, o sus designados, revisan anualmente el plan de cada escuela. El Departamento de Educación y el Centro de Seguridad Escolar y del Campus de Virginia brindarán asistencia técnica a la división escolar en el desarrollo de los planes. Al desarrollar estos planes, las escuelas pueden consultar el plan de respuesta a crisis escolar, manejo de emergencias y respuesta médica modelo desarrollado por la Junta de Educación y el Centro de Seguridad Escolar y del Campus de Virginia.
La Junta Escolar designa al asistente del superintendente de Administración como administrador de emergencias.
Cada escuela deberá llevar a cabo todos los años auditorías de seguridad escolar como se define a continuación en colaboración con el oficial principal de las fuerzas del orden de la localidad o con la persona que este designe. Los resultados de dichas auditorías de seguridad escolar deberán hacerse públicos dentro de los 90 días posteriores a su finalización. La Junta Escolar puede retener o limitar la publicación de cualquier plan de seguridad, listas de verificación de recorridos y componentes de evaluación de vulnerabilidad específicos según lo dispuesto en la Ley de Libertad de Información de Virginia, Código de Virginia, Art. 2.2-3705.2. La lista de verificación de recorrido completa estará disponible, previa solicitud, para el oficial principal de las fuerzas del orden de la localidad o para la persona que este designe. Cada escuela deberá mantener una copia del informe de auditoría de seguridad de la escuela, que puede excluir dichos planes de seguridad, listas de verificación de recorridos y componentes de evaluación de vulnerabilidad, dentro de la oficina del director de la escuela y deberá tener una copia de dicho informe disponible para su revisión previa solicitud por escrito.
Cada escuela deberá presentar una copia de su auditoría de seguridad escolar al superintendente. El superintendente deberá recopilar y presentar todas las auditorías de seguridad escolar, en el formato y la forma de presentación prescritos, al Centro de Seguridad Escolar y del Campus de Virginia (VCSCS) y pondrá a disposición, previa solicitud, al oficial principal de las fuerzas del orden de la localidad los resultados de tales auditorías para la revisión y recomendación del oficial. El superintendente incluye la designación del oficial de seguridad de la división, que incluye una dirección de correo postal actual, un número de teléfono que funcione durante el día actual, una dirección de correo electrónico funcional actual y un número de fax funcional actual, con las auditorías de seguridad escolar cuando se envían al VCSCS.
El superintendente deberá establecer un comité de auditoría de seguridad escolar que incluya, si está disponible, representantes de los padres, maestros, fuerzas del orden locales, agencias de servicios de emergencia, juntas de servicios comunitarios locales y personal judicial y de seguridad pública. El comité de auditoría de seguridad escolar revisa las auditorías de seguridad escolar completadas y presenta cualquier plan, según sea necesario, para mejorar la seguridad escolar al superintendente para su presentación a la Junta Escolar.
Plan de respuesta a crisis, manejo de emergencias y emergencias médicas en la escuela se refiere a los procedimientos, operaciones y asignaciones esenciales necesarios para prevenir, administrar y responder a un evento crítico o emergencia, incluidos los desastres naturales que involucran incendios, inundaciones, tornados u otras condiciones climáticas severas; pérdida o interrupción de energía, agua, comunicaciones o refugio; accidentes de autobús u otros; emergencias médicas, incluido el paro cardíaco y otras emergencias médicas que amenazan la vida; muertes de estudiantes o miembros del personal; explosiones, amenazas de bomba; amenazas con armas de fuego, cuchillos u otras armas; derrames o exposiciones a sustancias peligrosas; la presencia de personas no autorizadas o intrusos; la pérdida, desaparición o secuestro de un estudiante; situaciones de rehenes; violencia en la propiedad escolar o en actividades escolares; incidentes relacionados con actos de terrorismo; y otros incidentes que representen una amenaza grave de daño para los estudiantes, el personal o las instalaciones. El plan deberá incluir una disposición de que se contactará inmediatamente al Departamento de Servicios de Justicia Penal y al Fondo de Compensación por Lesiones Criminales de Virginia para desplegar asistencia en caso de una emergencia como se define en el plan de respuesta de emergencia cuando haya víctimas como se define en el Código de Virginia, Art. 19.2-11.01, así como la información de contacto actual de ambos.
Auditoría de seguridad escolar significa una evaluación por escrito de las condiciones de seguridad en cada escuela pública para (1) identificar y, si es necesario, desarrollar soluciones para problemas de seguridad física, incluidos los problemas de seguridad del edificio y (2) identificar y evaluar cualquier patrón de problemas de seguridad de los estudiantes que ocurren en la propiedad escolar o en eventos patrocinados por la escuela. Las soluciones y respuestas deberán incluir recomendaciones para ajustes estructurales, cambios en los procedimientos de seguridad escolar y revisión de las normas de la Junta Escolar para la conducta estudiantil. La auditoría es consistente con una lista de elementos identificados por el Centro de Seguridad Escolar y del Campus de Virginia para ser revisados y evaluados. Como parte de cada auditoría, la Junta Escolar crea un plano de planta detallado y preciso para cada edificio escolar o certifica que el plano de planta existente es lo suficientemente detallado y preciso.
Cada escuela deberá mantener registros de las inspecciones periódicas de seguridad, salud e incendios que hayan sido realizadas y certificadas por los departamentos de salud y de bomberos locales. La frecuencia de dichas inspecciones deberá ser determinada por la Junta Escolar en consulta con los departamentos de salud y de bomberos locales. Además, la administración de la escuela deberá equipar todas las puertas de salida con herrajes antipánico según lo exige el Código Uniforme de Construcción Estatal.
Cada escuela deberá contar con planes de contingencia para emergencias que incluyan personal certificado en reanimación cardiopulmonar (RCP), maniobra de Heimlich y primeros auxilios de emergencia. Además, la administración de la escuela deberá asegurarse de que la escuela tenga:
- Procedimientos escritos que seguir en emergencias tales como incendios, lesiones, enfermedades, reacciones alérgicas y comportamiento violento o amenazante. Los procedimientos incluyen la Política 437P, Estudiantes: Administración de medicamentos a estudiantes y el Reglamento 437R, Estudiantes: Administración de epinefrina. El plan deberá ser descrito en el manual del estudiante y discutido con el personal y los estudiantes durante la primera semana de cada año escolar.
- Espacio para la adecuada atención de los estudiantes que se enfermen.
- Un procedimiento escrito, de acuerdo con las pautas establecidas por la Junta Escolar para responder a actividades violentas, perturbadoras o ilegales por parte de los estudiantes en la propiedad escolar o durante una actividad patrocinada por la escuela.
- Procedimientos escritos por seguir para la evacuación segura de personas con necesidades físicas, médicas o de lenguaje especiales que puedan necesitar asistencia para salir de una instalación. Cada plan de evacuación de un edificio escolar incluye disposiciones que buscan maximizar la oportunidad de que los estudiantes con discapacidades de movilidad evacuen el edificio escolar junto con sus compañeros sin discapacidades de movilidad.
Referencias legales:
Código de Virginia, 1950, en su forma enmendada, Secciones 2.2-3705.2, 22.1-279.8.
Código Administrativo de Virginia (VAC), Título 8, 20-131-260.
Referencias cruzadas:
Política 223P, Administración: Simulacros de seguridad
Política 435P, Estudiantes: Restricción y aislamiento de estudiantes
Fecha de adopción de la medida:
19 de agosto de 2013
Enmendado el:
17 de junio de 2014
17 de abril de 2018
18 de junio de 2019
16 de junio de 2020
21 de junio de 2022
20 de junio de 2023
25 de junio de 2024