316R-A: evaluación y asignación de grado
- General
Se desafiará a los estudiantes a perseguir un alto nivel de rendimiento.
Cada maestro hará uso de toda la información disponible, incluidos los resultados de las pruebas hechas por el maestro y otras medidas de dominio de las habilidades y el contenido, incluidas las pruebas de SOL, las asignaciones de redacción y la observación del maestro del desempeño del estudiante para evaluar la aptitud del estudiante.
Todas las calificaciones de aptitud se basarán en el logro o el desempeño. Las calificaciones de aptitud no se utilizarán como castigo o recompensa por el comportamiento. La colocación del nivel de grado para niños mayores que sus compañeros de clase y que han repetido el grado o varios grados deberá incluir la consideración del tamaño, la edad y la cantidad de veces que repitieron previamente, además de los criterios establecidos para determinar la colocación del nivel de grado.
Todos los maestros o el personal designado son responsables de mantener archivos acumulativos de acuerdo con la Política 416P, Enseñanza: registros escolares del estudiante y lineamientos de registros acumulativos. - Estudiantes de escuela primaria
- El nivel de grado para lectura y matemáticas se indicará en el boletín de calificaciones, y las calificaciones de aptitud reflejarán el dominio del estudiante en el nivel indicado.
- Aquellos estudiantes que reciben enseñanza usando un plan de estudios adaptado (contenido educativo modificado o por debajo del nivel de grado) deberán tener una anotación en sus boletines de calificaciones que identifique que su aptitud se deriva de un plan de estudios adaptado.
- Se emplearán estrategias de intervención temprana, prevención y refuerzo antes de que repitan para ayudar a los estudiantes con dificultades.
- Los estudiantes que no aprueben lectura o matemáticas pueden ser asignados al mismo nivel de grado para el año siguiente, según lo determine el director después de consultar con los padres, maestros y otro personal de instrucción, según corresponda.
- Los estudiantes con discapacidades deben progresar con sus compañeros al siguiente nivel de grado, a menos que el director, con el asesoramiento del equipo del Plan de Educación Individualizada, determine que la promoción al siguiente nivel de grado no es lo mejor para el niño.
- El nivel de grado para lectura y matemáticas se indicará en el boletín de calificaciones, y las calificaciones de aptitud reflejarán el dominio del estudiante en el nivel indicado.
- Estudiantes de escuela intermedia
- Para ser promovidos al siguiente nivel de grado, los estudiantes de escuela intermedia deben aprobar, como mínimo, cuatro asignaturas; dos de las cuales deben ser Inglés/Lengua y Literatura, Matemáticas, Ciencias o Historia. La promoción al siguiente nivel de grado puede depender de una variedad de indicadores que incluyen, entre otros, evaluaciones de lectura, evaluaciones de matemáticas u otras medidas válidas del progreso del estudiante hacia el dominio del contenido educativo.
- Los estudiantes que experimenten dificultades académicas o de desarrollo, pero que cumplan con los criterios anteriormente descritos en (1), pueden ser retenidos en su nivel de grado actual para el año siguiente, según lo determine el director después de consultar con los padres, maestros y otro personal de instrucción, según corresponda.
- Los estudiantes que no logren el progreso académico esperado pueden ser retenidos en su nivel de grado actual para el año siguiente, según lo determine el director.
- Los estudiantes admitidos en los programas alternativos de Escuelas Públicas del Condado de Frederick serán considerados para la asignación de grado en función de la finalización exitosa de los requisitos del programa.
- Los estudiantes pueden ser promovidos al 9.° grado si a) obtienen calificaciones aprobatorias en los cursos de Inglés/Lengua y Literatura, Matemáticas, Ciencias y Estudios Sociales en el 8.° grado; o b) cumplen con las expectativas de aptitud de la prueba de Estándares de aprendizaje en inglés, redacción y matemáticas en el 8.° grado; o c) una combinación de calificaciones aprobatorias y aptitud en la prueba de Estándares de aprendizaje en el 8.° grado; u d) otras medidas de dominio del contenido educativo por parte del estudiante, como se describen anteriormente en (1).
- Los estudiantes con discapacidades deben progresar con sus compañeros al siguiente nivel de grado, a menos que el director, con el asesoramiento del equipo del Plan de Educación Individualizada, determine que la promoción al siguiente nivel de grado no es lo mejor para el niño.
- Para ser promovidos al siguiente nivel de grado, los estudiantes de escuela intermedia deben aprobar, como mínimo, cuatro asignaturas; dos de las cuales deben ser Inglés/Lengua y Literatura, Matemáticas, Ciencias o Historia. La promoción al siguiente nivel de grado puede depender de una variedad de indicadores que incluyen, entre otros, evaluaciones de lectura, evaluaciones de matemáticas u otras medidas válidas del progreso del estudiante hacia el dominio del contenido educativo.
- Estudiantes de escuela secundaria
- La asignación de estudiantes a los grados 9.° a 12.° se basa en el siguiente programa de créditos acumulados para los cursos completados con éxito. El director puede aprobar las excepciones.
Nueve - 0 créditos
Diez - 5 créditos
Once - 10 créditos
Doce - 15 créditos - Los estudiantes con discapacidades deberán realizar un progreso adecuado hacia cumplir las metas de aptitud según se define en sus Planes de Educación Individualizada, incluidos los créditos para la opción de diploma de escuela preparatoria deseada, según lo prescrito por la Junta de Educación de la Mancomunidad de Virginia.
- La asignación de estudiantes a los grados 9.° a 12.° se basa en el siguiente programa de créditos acumulados para los cursos completados con éxito. El director puede aprobar las excepciones.
- Comunicaciones
- Todos los maestros deberán comunicar a los padres el nivel de aptitud representado por la calificación. El maestro también se asegurará de que los padres interpreten las calificaciones con precisión. El director de la escuela debe informar adecuadamente a los padres o tutores sobre la posibilidad de que un niño deba ser retenido en un nivel de grado de escuela primaria o intermedia. Se deben comunicar a los padres los requisitos de créditos obtenidos para la promoción de estudiantes de secundaria.
- Se debe mantener un registro que indique el tipo de comunicación y las fechas.
- Todos los maestros deberán comunicar a los padres el nivel de aptitud representado por la calificación. El maestro también se asegurará de que los padres interpreten las calificaciones con precisión. El director de la escuela debe informar adecuadamente a los padres o tutores sobre la posibilidad de que un niño deba ser retenido en un nivel de grado de escuela primaria o intermedia. Se deben comunicar a los padres los requisitos de créditos obtenidos para la promoción de estudiantes de secundaria.
Referencia(s) cruzada(s):
Regulación 311R, Estudiantes: competencia interescolar
Política 416P, Enseñanza: registros escolares del estudiante
Aprobado: lunes, 20 de junio de 1983
Enmendado: martes, 3 de junio de 1986
Enmendado: viernes, 28 de abril de 1989
Enmendado: jueves, 15 de agosto de 1991
Enmendado: martes, 7 de julio de 1992
Enmendado: martes, 7 de abril de 1998
Enmendado: miércoles, 28 de junio de 2000
Enmendado: jueves, 4 de enero de 2001
Enmendado: martes, 21 de diciembre de 2004
Enmendado: lunes, 11 de junio de 2007
Enmendado: lunes, 30 de abril de 2012