617P: participación de los padres y la familia
En general
La Junta Escolar del Condado de Frederick reconoce que la educación de cada estudiante es una responsabilidad compartida por la escuela y la familia del estudiante. La Junta Escolar del Condado de Frederick respalda los objetivos de participación de padres y familias del Título I (Título 20 del Código de los EE. UU., § 6318) y alienta la participación regular de los padres y miembros de la familia de todos los niños, incluidos los elegibles para el Título I y los programas para estudiantes del idioma inglés en todos los aspectos de esos programas.
De acuerdo con estas creencias, la Junta Escolar del Condado de Frederick cultiva y apoya la participación activa de los padres y la familia en el aprendizaje de los estudiantes. La Junta Escolar del Condado de Frederick:
- brinda actividades que educarán a los padres sobre las necesidades intelectuales y de desarrollo de sus hijos;
- implementa estrategias para involucrar a los padres en el proceso educativo;
- permite a las familias participar en la educación de sus hijos a través de una variedad de roles;
- brinda oportunidades de desarrollo profesional para los maestros y el personal para mejorar su comprensión de las estrategias efectivas de participación de los padres;
- realiza evaluaciones regulares de la participación de los padres en cada escuela y en la división;
- brinda acceso, previa solicitud, a cualquier material didáctico utilizado como parte del plan de estudios educativo;
- si es posible, brinda información en un idioma comprensible para los padres;
- informa a los padres de los estudiantes elegibles para los programas de aprendizaje del idioma inglés cómo pueden ser participantes activos para ayudar a sus hijos a aprender inglés, a tener éxito en altos niveles de las asignaturas académicas básicas y a cumplir con el mismo contenido académico desafiante y los mismos estándares de aptitud académica de los estudiantes que se espera que todos los niños logren.
Participación de los padres en el plan del Título I
La Junta Escolar del Condado de Frederick anima a los padres de niños elegibles para participar en los programas del Título I, Parte A, a participar en el desarrollo del plan del Título I de la Junta. Los padres pueden participar asistiendo a la reunión anual de la escuela, completando la encuesta para padres que se envía a la casa y comunicándose con el coordinador de programas federales.
Participación de los padres en la revisión y mejora de la escuela
Escuelas Públicas del Condado de Frederick alienta a los padres de niños elegibles para participar en los programas de Título I, Parte A y para estudiantes del idioma inglés, a participar en el proceso de revisión escolar y, si corresponde, en el desarrollo de planes de apoyo y mejora según el Título 20 del Código de los EE. UU., § 6311 (d)(1) y (2). Los padres pueden participar asistiendo a las reuniones de revisión/mejora de la escuela y comunicándose con el supervisor de responsabilidad del programa federal.
Responsabilidades de la división
Escuelas Públicas del Condado de Frederick y cada escuela que recibe fondos del Título I, Parte A:
- Brinda asistencia a los padres de niños atendidos por la división escolar, según corresponda, para comprender temas como los desafiantes estándares académicos de Virginia, las evaluaciones académicas estatales y locales, y cómo monitorear el progreso de un niño y trabajar con los educadores para mejorar el desempeño de sus hijos.
- Brinda materiales y capacitación para ayudar a los padres a trabajar con sus hijos para mejorar el desempeño de sus hijos, como la alfabetización y el uso de tecnología (incluida la educación sobre los daños de la piratería de derechos de autor), según corresponda, para fomentar la participación de los padres.
- Educa a los maestros, personal de apoyo educativo especializado, directores, otros líderes escolares y otros miembros del personal, con la ayuda de los padres, en el valor y la utilidad de las contribuciones de los padres y en cómo contactarse, comunicarse y trabajar con los padres como socios iguales, implementar y coordinar programas para padres, y construir vínculos entre los padres y la escuela.
- En la medida de lo posible y apropiado, coordina e integra programas y actividades de participación de los padres con otros programas federales, estatales y locales, incluso el preescolar público, y realiza otras actividades, como centros de recursos para padres, que alientan y apoyan a los padres para que participen más plenamente en la educación de sus hijos.
- Garantiza que la información relacionada con la escuela y los programas para padres, reuniones y otras actividades se envíe a los padres de los niños participantes en un formato y, en la medida de lo posible, en un idioma que los padres puedan entender.
- Brinda cualquier otro apoyo razonable para las actividades de participación de los padres que ellos puedan solicitar.
Escuelas Públicas del Condado de Frederick y cada escuela que recibe fondos del Título I, Parte A puede:
- Involucrar a los padres en el desarrollo de capacitación para maestros, directores y otros educadores para mejorar la efectividad de dicha capacitación.
- Proporcionar la capacitación necesaria en alfabetización con fondos del Título I si la división ha agotado todas las demás fuentes de financiación razonablemente disponibles para dicha capacitación.
- Pagar los gastos razonables y necesarios asociados con las actividades locales de participación de los padres para que estos puedan participar en reuniones y sesiones de capacitación relacionadas con la escuela.
- Capacitar a los padres para mejorar la participación de otros padres.
- Organizar reuniones escolares en distintos momentos o realizar reuniones dentro del hogar entre maestros y otros educadores que trabajan directamente con los niños participantes y los padres que no pueden asistir a tales reuniones en la escuela para maximizar la participación e intervención de los padres.
- Adoptar e implementar enfoques modelo para mejorar la participación de los padres.
- Establecer un consejo asesor de padres en toda la división para brindar asesoramiento sobre asuntos relacionados con la participación de los padres en programas respaldados por el Título I.
- Desarrollar roles apropiados para organizaciones y negocios comunitarios en las actividades de participación de los padres.
Planes escolares de participación de los padres y la familia
Cada escuela atendida según el Título I, Parte A, desarrolla de forma conjunta y distribuye a los padres y familiares de los niños participantes un plan escrito de participación de los padres y la familia, acordado por dichos padres, que describe los medios para llevar a cabo lo siguiente:
- Convocar una reunión anual, en un momento conveniente, a la que se invita y anima a asistir a todos los padres de los niños participantes, para informar a los padres sobre la participación de su escuela en el Título I, Parte A, y para explicar los requisitos del Título I, Parte A, y los derechos de los padres de involucrarse.
- Ofrecer un número flexible de reuniones, como reuniones por la mañana o por la noche. Con los fondos provistos según esta parte, las escuelas pueden proporcionar transporte, cuidado de niños o visitas domiciliarias, como servicios relacionados con la participación de los padres.
- Involucrar a los padres, de forma organizada, continua y oportuna, en la planificación, revisión y mejora de los programas del Título I, Parte A, incluida la planificación, revisión y mejora del plan de participación de padres y familias de la escuela y el desarrollo conjunto del plan del programa para toda la escuela según 20 U.S.C. § 6314(b), salvo si una escuela tiene establecido un proceso para involucrar a los padres en la planificación conjunta y el diseño de los programas de la escuela, la escuela puede usar ese proceso si incluye una apropiada representación de los padres de los niños participantes.
- Proporcionar a los padres de los niños participantes:
- Información oportuna sobre los programas del Título I, Parte A.
- Una descripción y explicación del plan de estudios que se utiliza en la escuela, las formas de evaluación académica que se utilizan para medir el progreso del estudiante y los niveles de logro de los exigentes estándares académicos estatales.
- Si lo solicitan los padres, oportunidades para reuniones regulares a fin de formular sugerencias y participar, según corresponda, en decisiones relacionadas con la educación de sus hijos, y responder a tales sugerencias tan pronto como sea posible.
- Información oportuna sobre los programas del Título I, Parte A.
Si el plan del programa para toda la escuela según 20 U.S.C. § 6314(b) no es satisfactorio para los padres de los niños participantes, los comentarios de los padres sobre el plan se enviarán a la Junta Escolar cuando la escuela ponga el plan a disposición de la Junta.
Participación de los padres y la familia en la asignación de fondos
Los padres y familiares de los niños que reciben servicios de acuerdo con el Título I, Parte A, están involucrados en las decisiones sobre cómo los fondos provistos según el Título I, Parte A, se asignan para las actividades de participación de los padres.
Revisión de políticas
La Junta Escolar lleva a cabo, con la participación significativa de los padres y familiares, una evaluación anual del contenido y la efectividad de esta política para mejorar la calidad académica de todas las escuelas atendidas según el Título I, Parte A, incluida la identificación de:
- Las barreras que impiden una mayor participación de los padres (con especial atención a los padres que están en desventaja económica, tienen discapacidades, tienen un dominio limitado del inglés, tienen un nivel de alfabetización limitado o pertenecen a minorías raciales o étnicas).
- Las necesidades de los padres y familiares para ayudar con el aprendizaje de sus hijos, incluida la participación del personal de la escuela y los maestros.
- Las estrategias para apoyar las interacciones exitosas entre la familia y la escuela.
Referencia(s) legal(es):
Título 20 del Código de los EE. UU., secciones 6312, 6318
Código de Virginia, 1950, en su forma enmendada, sección 22.1-78, 22.1-23.3, 22.1-78
Aprobado: martes, 1 de abril de 2003
Enmendado: martes, 21 de mayo de 2013
Enmendado: miércoles, 19 de julio de 2017
Enmandado: martes, 15 de junio de 2021